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| La firma del acuerdo de Luxemburgo |
El 10 de septiembre de 1952 Alemania Occidental firma el acuerdo en el que acepta pagar indemnizaciones a Israel
El 10 de septiembre de 1952, la República Federal de Alemania y el Estado de Israel firmaron en Luxemburgo un acuerdo por el cual Alemania Occidental se comprometió a entregar a Israel bienes y servicios por 3.000 millones de marcos alemanes como compensación por los costos de integrar a refugiados judíos perseguidos por el régimen nazi. El convenio, conocido como Acuerdo de Luxemburgo, fue suscrito por Konrad Adenauer y Moshe Sharett y contempló además 450 millones de marcos para la Conferencia sobre Reclamaciones Materiales Judías contra Alemania.Las negociaciones habían comenzado meses antes y se desarrollaron en medio de fuertes discusiones. Israel sostenía que Alemania debía contribuir a afrontar los gastos provocados por la llegada y asentamiento de cientos de miles de judíos que habían sobrevivido a la persecución nazi y buscaban reconstruir su vida en el nuevo Estado. La representación israelí estuvo encabezada por el ministro de Relaciones Exteriores Moshe Sharett, mientras que la delegación alemana actuó en nombre del gobierno federal presidido por Adenauer.El antecedente político más importante se encontraba en una declaración pronunciada por Adenauer ante el Bundestag el 27 de septiembre de 1951. Allí había reconocido la responsabilidad alemana por los crímenes cometidos contra los judíos durante el régimen nacionalsocialista y había expresado la disposición de la República Federal a reparar, dentro de sus posibilidades, los daños materiales derivados de aquella persecución. La negociación posterior convirtió esa declaración en un compromiso internacional.
La cuestión no era sencilla para Israel. Una parte importante de la sociedad rechazaba cualquier negociación económica con la Alemania de posguerra, mientras permanecían abiertas las heridas provocadas por el Holocausto. También existían discusiones acerca de si un gobierno podía aceptar dinero o bienes provenientes del Estado sucesor de la Alemania que había organizado la persecución y el exterminio de los judíos europeos.
El acuerdo finalmente estableció que Alemania Occidental entregaría a Israel productos y servicios por un valor total de 3.000 millones de marcos alemanes. Las prestaciones debían efectuarse durante un período prolongado y estaban destinadas fundamentalmente a contribuir a la integración y el asentamiento de los refugiados judíos que habían llegado a Israel desde Alemania y desde territorios que habían estado bajo dominio alemán.
Junto con el convenio bilateral se suscribieron dos protocolos relacionados con la Conferencia sobre Reclamaciones Materiales Judías contra Alemania. Mediante el segundo, la República Federal asumió el compromiso de entregar otros 450 millones de marcos para ayudar a judíos perseguidos por el nazismo que vivían fuera de Israel. El dinero debía destinarse a programas de asistencia, integración y reasentamiento.
La firma se realizó en la mañana del 10 de septiembre en el Ayuntamiento de Luxemburgo. Adenauer suscribió el documento en representación de la República Federal, mientras Sharett lo hizo por Israel. El convenio fue registrado posteriormente en la colección de tratados de las Naciones Unidas, con Luxemburgo como lugar de celebración y el 10 de septiembre de 1952 como fecha oficial de conclusión.
La aprobación interna en Alemania todavía debía cumplirse. El Bundestag debatió el acuerdo y finalmente lo ratificó el 18 de marzo de 1953. La legislación correspondiente fue promulgada pocos días después, y el tratado entró formalmente en vigor el 27 de marzo de ese año, cuando se intercambiaron los instrumentos de ratificación.
Las primeras entregas comenzaron a modificar las relaciones económicas entre ambos países. Israel recibió maquinaria, vehículos, productos industriales y otros bienes contemplados en el convenio, mientras las prestaciones alemanas se extendieron durante más de una década. El acuerdo no anuló los derechos individuales de las víctimas del nazismo respecto de determinadas reclamaciones y compensaciones previstas por la legislación alemana.
El convenio del 10 de septiembre de 1952 constituyó, además, un acuerdo internacional específico entre la República Federal de Alemania e Israel. El texto reconoció expresamente los crímenes cometidos contra el pueblo judío durante el régimen nacionalsocialista y vinculó la compensación económica con los gastos afrontados por Israel para recibir e integrar a refugiados judíos. El compromiso quedó establecido por escrito en Luxemburgo y comenzó a regir oficialmente seis meses después de su firma.
Ramírez de Velasco®


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