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Mostrando las entradas etiquetadas como Facultades

1835 CALENDARIO NACIONAL Plebiscito

Juan Manuel de Rosas El 27 de marzo de 1835, un plebiscito en la provincia de Buenos Aires otorga un respaldo abrumador al gobernador Juan Manuel de Rosas El 27 de marzo de 1835, un plebiscito en la provincia de Buenos Aires otorgó un respaldo abrumador al gobernador Juan Manuel de Rosas: de 9.320 votos emitidos, sólo cuatro se manifestaron en contra de su designación con facultades extraordinarias. Político, militar y estanciero, Juan Manuel José Domingo Ortiz de Rozas y López de Osornio había nacido el 30 de marzo de 1793 en Buenos Aires, entonces parte del Virreinato del Río de la Plata. Hijo del estanciero León Ortiz de Rozas y de Agustina López de Osornio, pertenecía a una familia vinculada con la actividad rural y la administración colonial. Desde joven se dedicó a la explotación ganadera en la campaña bonaerense y adquirió experiencia en la organización de milicias rurales. Durante las décadas posteriores a la independencia se consolidó como uno de los jefes políticos más influy...

EDAD La vejez no viene sola

Ancianos A uno se le van yendo algunas facultades mentales que antes solía tener bien aceitadas y funcionando, como la memoria Con los años —la vejez, la edad provecta, la senectud, digamos, para ponerlo con todas las letras— a uno se le van yendo algunas facultades mentales que solía tener bien aceitadas y funcionando a la perfección. A veces recuerda un pequeño, ínfimo, mínimo detalle de su infancia remota, pongalé el color del forro del cuaderno de una compañera de banco de segundo grado. Es más, podría entrar a esa escuela que ya no existe, a ciegas, y llegar a ese grado y al banco justo en que se sentaban. Pero ahora tiene en la punta de lengua una palabra común y corriente y no le sale, no le sale, ¡no le sale, carajo! O se olvida del nombre de uno que le presentaron anteayer nomás. Y por más que se esfuerza, no le viene a la mente. También sucede que busca las llaves, las vuelve a buscar sabiendo que están a la vista, porque nunca las esconde, jamás las deja tiradas por cualquie...

FACULTADES Constitución Nacional

Bandera del Argentina A continuación, se repite varias veces el artículo 29 de la llamada “ley de leyes”, como para refrescar la memoria de los fanáticos Constitución Nacional Artículo 29. El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria. Constitución Nacional Artículo 29. El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de ...