![]() |
| Ruinas de la escuela de Palo Blanco, Catamarca |
El 2 de noviembre de 1871 se promulga la Ley de Educación Común, a partir de un proyecto impulsado por Lindor Sotomayor
El 2 de noviembre de 1871 fue promulgada en Catamarca la Ley de Educación Común, aprobada por la Legislatura el 31 de octubre a partir de un proyecto impulsado por Lindor Sotomayor. Durante el gobierno de Francisco Ramón Galíndez, la norma estableció la gratuidad y obligatoriedad de la enseñanza, organizó comisiones escolares en los distritos y dispuso recursos específicos para financiar las escuelas. El sistema asignó responsabilidades a las autoridades educativas y a los vecinos, dentro de una política provincial orientada a extender la instrucción primaria.Desde los tiempos coloniales funcionaban en Catamarca escuelas vinculadas a las órdenes religiosas. Los franciscanos habían organizado lagunas que enseñaban lectura, escritura, aritmética y religión, y los jesuitas incorporaron estudios de gramática. Durante el siglo XIX también se desarrollaron instituciones destinadas a la enseñanza de niveles superiores. Sin embargo, la disponibilidad de establecimientos y las posibilidades de acceder a ellos variaban considerablemente entre la capital y las poblaciones rurales.La expansión de la enseñanza primaria requería organizar la supervisión de los establecimientos, formar maestros y asegurar recursos estables. La dispersión de los habitantes en la campaña dificultaba el acceso de numerosos niños a las escuelas, mientras que las limitaciones económicas obstaculizaban la construcción de edificios y la provisión de materiales. La educación pública necesitaba mecanismos administrativos que permitieran coordinar la actividad escolar en todo el territorio provincial.
El 6 de diciembre de 1870 se creó la Inspección General de Escuelas, organismo encargado de conducir y supervisar la enseñanza primaria. La conducción quedó a cargo de Vicente García Aguilera, educador vinculado con Sotomayor, quien examinó las condiciones de la instrucción pública y comunicó sus observaciones a las autoridades. Sus informes señalaron deficiencias en la organización educativa y reclamaron la intervención conjunta del Gobierno y de los vecindarios para ampliar la escolarización.
El proyecto de Sotomayor procuró establecer reglas para el funcionamiento de las escuelas y distribuir responsabilidades entre los organismos provinciales y las comunidades locales. La denominación de educación común aludía a la organización de la enseñanza primaria como una estructura de alcance general, destinada a extender los conocimientos elementales. La norma también contempló mecanismos administrativos para sostener los establecimientos y promover la apertura de nuevas escuelas en los distintos departamentos.
La gratuidad y la obligatoriedad constituyeron dos de sus disposiciones centrales. La primera buscaba eliminar el cobro de la enseñanza como obstáculo para el acceso escolar; la segunda establecía la responsabilidad de procurar que los niños recibieran instrucción. Para llevar esos principios a la práctica resultaba necesario disponer de maestros, edificios y materiales, además de una administración capaz de registrar las necesidades de cada distrito y coordinar las medidas correspondientes.
Las comisiones escolares permitieron incorporar a los vecinos a las tareas relacionadas con el fomento de la educación. Entre sus funciones se encontraba colaborar con la creación y el sostenimiento de establecimientos, atender las necesidades locales y participar en la gestión de los recursos destinados a la enseñanza. La Inspección General debía ejercer la supervisión técnica del sistema. El esquema combinaba la coordinación provincial con la participación comunitaria en la vida escolar.
Ramírez de Velasco®



Comentarios
Publicar un comentario