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| La Cámara de Diputados |
¿Cómo hacer para que matar sea legal?, sancione una ley permitiendo que quienes sufren acudan a un médico para que termine su vida
Con información de Notivida
El panorama regional cambió el 15 de octubre, cuando Uruguay legalizó la eutanasia y obligó a reabrir un debate que aquí nunca termina de guardarse del todo. La noticia cruzó el río antes que el viento, y enseguida aparecieron proyectos locales calcados del modelo uruguayo, todos amparados en una supuesta “autonomía de la voluntad” que, aplicada a la vida humana, roza una región peligrosa: la de convertir lo indisponible en trámite.Desde Mendoza, el ministro de Salud Rodolfo Montero admitió haber conversado del asunto con su par nacional, el ministro Mario Iván Lugones y confirmó que ya funciona una comisión de bioética encargada de preparar recomendaciones. Señal suficiente de que el asunto dejó de ser hipotético y empezó a institucionalizarse con ritmo acelerado.En Diputados entraron tres iniciativas que distinguen entre eutanasia y suicidio asistido, admiten directivas anticipadas y ajustan edad, duración de residencia y nivel de control. Las diferencias son técnicas; el fondo, común: trasladar al acto médico un límite ético que hasta ahora había permanecido firme.
El primer proyecto, presentado por Julio Cobos (Mendoza), habilita el acceso desde los 18 años para residentes con al menos un año en el país. Exige dos solicitudes ante escribano o juez, con quince días de distancia, y somete cada caso a una Comisión de Garantía y Evaluación. Reconoce objeción individual, pero obliga a las instituciones sin profesionales disponibles a derivar al paciente.
El segundo, impulsado por Martín Ardohain (La Pampa) y acompañado por Martín Yeza (Buenos Aires), José Núñez (Santa Fe), Sergio Capozzi (Río Negro) y María Sotolano (Buenos Aires), baja el umbral a los 16 años y admite sufrimientos físicos o psíquicos “insoportables” como causal, aun sin enfermedad terminal. Ordena evaluación interdisciplinaria, garantiza cobertura en todo el sistema y fija un plazo máximo de 60 días entre el pedido y la práctica, con sanciones ante demoras.
El tercero, de Oscar Agost Carreño (Río Negro) con cofirma de Miguel Ángel Pichetto (Buenos Aires), mantiene la mayoría de edad, pero exige dos años de residencia. Obliga a tramitar la solicitud ante escribano o juez con dos testigos, somete el caso a una Comisión Médica y Bioética Interdisciplinaria y establece un intervalo de quince días antes de la práctica, salvo riesgo inminente. Crea además un registro nacional de casos y de profesionales objetores e incorpora el procedimiento al Programa Médico Obligatirio.
En el Senado, Silvina García Larraburu (Río Negro) presentó un proyecto que fija un piso de cuatro años de residencia y una solicitud escrita ante el médico tratante, que debe ratificarse 48 horas después. Permite el acceso de menores mediante padres o tutores, con intervención de la Defensoría de Menores, y exige trámite judicial para personas declaradas incapaces. Todos los proyectos permiten revocar la decisión, pero este introduce una particularidad: una figura de desistimiento que, bajo ciertas condiciones, se vuelve irreversible. Es decir, si ya fiambre el eutanasiado, se vuelve medio dificultoso volver atrás.
El debate avanza envuelto en un supuesto lenguaje técnico y promesas de salvaguarda, mientras una idea silenciosa se expande: la vida puede reglamentarse con formularios, plazos y ventanillas. Un desplazamiento sutil, cuya gravedad se mide mejor cuando, como se dijo, ya no queda margen para volverse atrás.
El primer proyecto, presentado por Julio Cobos (Mendoza), habilita el acceso desde los 18 años para residentes con al menos un año en el país. Exige dos solicitudes ante escribano o juez, con quince días de distancia, y somete cada caso a una Comisión de Garantía y Evaluación. Reconoce objeción individual, pero obliga a las instituciones sin profesionales disponibles a derivar al paciente.
El segundo, impulsado por Martín Ardohain (La Pampa) y acompañado por Martín Yeza (Buenos Aires), José Núñez (Santa Fe), Sergio Capozzi (Río Negro) y María Sotolano (Buenos Aires), baja el umbral a los 16 años y admite sufrimientos físicos o psíquicos “insoportables” como causal, aun sin enfermedad terminal. Ordena evaluación interdisciplinaria, garantiza cobertura en todo el sistema y fija un plazo máximo de 60 días entre el pedido y la práctica, con sanciones ante demoras.
El tercero, de Oscar Agost Carreño (Río Negro) con cofirma de Miguel Ángel Pichetto (Buenos Aires), mantiene la mayoría de edad, pero exige dos años de residencia. Obliga a tramitar la solicitud ante escribano o juez con dos testigos, somete el caso a una Comisión Médica y Bioética Interdisciplinaria y establece un intervalo de quince días antes de la práctica, salvo riesgo inminente. Crea además un registro nacional de casos y de profesionales objetores e incorpora el procedimiento al Programa Médico Obligatirio.
En el Senado, Silvina García Larraburu (Río Negro) presentó un proyecto que fija un piso de cuatro años de residencia y una solicitud escrita ante el médico tratante, que debe ratificarse 48 horas después. Permite el acceso de menores mediante padres o tutores, con intervención de la Defensoría de Menores, y exige trámite judicial para personas declaradas incapaces. Todos los proyectos permiten revocar la decisión, pero este introduce una particularidad: una figura de desistimiento que, bajo ciertas condiciones, se vuelve irreversible. Es decir, si ya fiambre el eutanasiado, se vuelve medio dificultoso volver atrás.
El debate avanza envuelto en un supuesto lenguaje técnico y promesas de salvaguarda, mientras una idea silenciosa se expande: la vida puede reglamentarse con formularios, plazos y ventanillas. Un desplazamiento sutil, cuya gravedad se mide mejor cuando, como se dijo, ya no queda margen para volverse atrás.
Juan Manuel Aragón
A 7 de diciembre del 2025, en el Dulce. Chimpando río.
Ramírez de Velasco®
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