Ir al contenido principal

1869 CALENDARIO NACIONAL Civil

El Código Civil Argentino

El 25 de septiembre de 1869 se sanciona el Código Civil, marcando la unificación jurídica del país

El 25 de septiembre de 1869 se sancionó el Código Civil argentino, un hito que marcó la unificación jurídica del país. Redactado por Dalmacio Vélez Sarsfield, recopiló normas de derecho civil, comercial y procesal, basándose en fuentes romanas, españolas, francesas y en códigos de otros países. Entró en vigor el 1 de enero de 1871 y reguló aspectos como personas, bienes, contratos, sucesiones y obligaciones. Con 4.058 artículos, organizados en cuatro libros, sentó las bases del derecho privado. Influyó en legislaciones de América Latina y permaneció vigente, con reformas, hasta el 2015.
En 1864 se encargó a Dalmacio Vélez Sarsfield la redacción del Código Civil. Abogado, jurista y político, trabajó en solitario durante cinco años. Inspirado por el Código Napoleón de Francia, el Código Civil español de 1851 y los trabajos de juristas como Aubry, Rau y Zachariae, adaptó las normas a la realidad argentina. Incorporó elementos del derecho romano y las Partidas de Alfonso X, así como costumbres locales. Su objetivo fue unificar el derecho en un país con leyes dispersas y tradiciones coloniales.
La sanción ocurrió en el Congreso de la Nación, en Buenos Aires. El proyecto, presentado por Vélez Sarsfield, fue debatido durante varias sesiones. Aprobado por unanimidad, reflejó el consenso sobre la necesidad de un cuerpo legal unificado. La ley 340, promulgada por el presidente Domingo Faustino Sarmiento, oficializó el Código. Su entrada en vigor se fijó para el 1 de enero de 1871, dando tiempo a su difusión y estudio.
El Código Civil se estructuró en cuatro libros. El primero abordó las personas, regulando capacidad jurídica, matrimonio y derechos familiares. El segundo trató los bienes, su clasificación y propiedad. El tercero se centró en contratos, obligaciones y derechos reales. El cuarto reguló sucesiones, testamentos y herencias. Incluyó un título preliminar con principios generales del derecho, que sirvió como base interpretativa.
Tenía 4.058 artículos, redactados con precisión y claridad. Cada artículo abordó aspectos específicos, desde el nacimiento hasta la extinción de obligaciones. Se destacó por su sistematicidad, ordenando normas antes fragmentadas. Incorporó innovaciones como la libertad de testar, que permitió disponer de bienes con menos restricciones que en el derecho colonial.
El proceso de redacción enfrentó desafíos. Vélez Sarsfield trabajó sin una comisión, asumiendo la carga de armonizar fuentes diversas. Consultó códigos de Brasil, Chile y Prusia, además de tratados jurídicos europeos. Adaptó conceptos foráneos a la realidad argentina, como la regulación de la propiedad rural, clave en un país agropecuario.
La sanción del Código respondió a la necesidad de unificar el derecho tras la independencia. Antes, regían leyes coloniales, ordenanzas locales y costumbres. La diversidad jurídica dificultaba el comercio y la administración. El Código buscó homogeneidad, facilitando la integración nacional y el desarrollo económico.
Fue traducido al francés, inglés e italiano, lo que permitió su estudio en el extranjero. Influyó en códigos civiles de países como Paraguay, Uruguay y Bolivia. Su prestigio derivó de su claridad y adaptabilidad, siendo un modelo para legislaciones de la región.
Se aplicó en todo el territorio nacional, reemplazando normas locales. Jueces, abogados y escribanos lo adoptaron como referencia principal. Su implementación fortaleció el sistema judicial, al proporcionar un marco claro para resolver disputas civiles.
Permaneció vigente hasta el 1 de agosto del 2015, cuando fue reemplazado por el Código Civil y Comercial. Durante casi siglo y medio, sufrió modificaciones parciales para adaptarse a cambios sociales, como los referidos al matrimonio y la familia. Su sanción marcó un antes y un después en la historia jurídica argentina.
Ramírez de Velasco®

Comentarios

  1. Y... Desde entonces se lo viola...

    ResponderEliminar
  2. Su mayor fuente, fue de derecho de familia, verdaderos monumentos a la desigualdadel "esboco" del Jurista brasileño Freitas, el cual a su vez copio el código Napoleón, redactado en Francia a instancias del gran prócer francés, el cual tomó prioritariamente normas del derecho romano. El código de Vélez tenía normas anacrónica s en materia de familia , verdaderos monumentos a la desigualdad y al privilegio. Dividía a los hijos en: Naturales, adulterinos, sacrílego s. Prohibía investigar el origen del hijo, si se involucraba a un clérigo. Y así, una serie de lindezas , demostrativas de quién mandaba. Una vergüenza en esta materia.

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares (últimos siete días)

PERSPECTIVA Noventa minutos y varias generaciones

Julio Roca (hijo), segundo desde la izquierda Mientras espero el partido, prefiero recordar decisiones cuyos efectos siguen presentes después de casi un siglo Si este Campeonato Mundial de Fútbol tuviera que dejar una enseñanza, la primera no debería ser que hay países que históricamente saquearon a la Argentina, porque es un hecho ampliamente conocido, sino que hubo argentinos que se pusieron a favor de la expoliación que sufrió este país, la justificaron, de tal suerte que hoy siguen creyendo que tendríamos mejor destino como colonias de los países centrales que como nación independiente y soberana. Hoy la Argentina debe jugar contra Inglaterra un país que no solamente nos robó las Islas Malvinas, sino que antes de eso nos invadió en 1806 y 1807, ante el festejo alborozado de los contrabandistas porteños y de la Banda Oriental. A principios del siglo pasado, la influencia británica era tan fuerte que terminó haciéndonos celebrar un acuerdo que beneficiaba mucho más a ellos que a noso...

Aviso

Si disfrutas de los contenidos de Ramírez de Velasco y quieres ayudar a que este espacio siga creciendo, te invito a hacer una colaboración voluntaria. Cualquier aporte, por pequeño que sea, será de gran ayuda y contribuirá a sostener el blog y afrontar sus gastos. Arriba están las instrucciones para colaborar.  Desde ya, muchas gracias por tu apoyo. Ramírez de Velasco ®

CATÓLICOS ¿Una iglesia libertaria?

Shao Zhumin, obispo chino Esta nota propone un juego de imaginación, sólo para que usted vea si hay contradicciones en sus pensamientos Por Hernán Diez Imagine una Iglesia Argentina apoyando a Milei, que celebre misa amparada en la celeste y blanca. Sus seminaristas han jurado lealtad al pensamiento anarco-libertario, sus obispos asisten a las tenidas de Olivos para mostrar su adhesión al régimen. Imagine también que sus misas son válidas y en comunión con Roma. ¿Qué dice el sentido común? No es posible. Bueno, es lo que sucede con la Iglesia Patriótica China, brazo eclesiástico del régimen. Celebra la Misa bajo la bandera de cinco estrellas, sus seminaristas juran lealtad al pensamiento de Xi Jinping y sus obispos participan en los congresos de la Asamblea Popular Nacional. Sus misas son válidas y la comunión con Roma está oficialmente restaurada. En el mundo hay católicos que van a la misa de siempre. Se los persigue, se los condena con la misma pena que a los herejes. Los obispos de...

NOCHES La revolución de la calle Tucumán

"Tucumán al 200", de Raúl Cisterna Éramos tan jóvenes que ya habíamos repartido los ministerios y todavía nos alcanzaba para cantar vidalas hasta el amanecer Cuando llegaba la noche siempre le venía a la memoria la misma vidala que cantaba despacito para no despertar sus propias alucinaciones. No recuerdo la letra, sólo sé que nombraba a una mujer, pero casi todas las vidalas llaman un amor que desertó. A esa hora estaba hecha la revolución con que soñábamos, habíamos designado ministros, teníamos firmados los decretos que anticipaban la aurora que se vendría y planeábamos algunos pequeños gustos que nos daríamos cuando estuviéramos instalados en la cima del poder, como salir a tomar café al mismo bar de siempre o mandar a comprar sánguches de milanesa en el mercado Armonía —porque gobernaríamos desde Santiago— y convidar a todo el mundo durante una deliberación de gabinete. Al llegar la fortuita e incierta hora en que la reunión estaba tan linda que uno ya no sabía si acosta...

ZOONOSIS Algunas reglas para criar mascotas

Perro, de Raúl Cisterna Si tiene en cuenta que no son personas y que usted es el responsable de lo que hagan, todo bien, no lo olvide Está muy bien tener mascotas. Dicen que, con los debidos cuidados y precauciones, aportan mucho a la crianza de los niños, unen a la familia alrededor de una responsabilidad compartida y, en general, corresponden al afecto que reciben, lo que genera bienestar. Con el tiempo se convierten en una fuente inagotable de anécdotas y chistes familiares. Entre las mascotas más frecuentes figuran los perros, los gatos, los canarios y las catitas australianas, incapaces de sobrevivir en libertad. El amor por los animales no debe llevarnos a creer que se equiparan con las personas. Siempre será más importante un niño que no tiene qué comer que el alimento del más querido de nuestros perros o gatos. Tampoco olvidemos que nuestras mascotas no tienen por qué gustarles a todos. Salvo dentro de casa, conviene no imponer esa afición al resto del mundo. Por simpático que ...