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1969 CALENDARIO NACIONAL Ley

La norma imedía, los Kevin, Jonatah, Yessicas y Keilas

El 10 de junio de 1969 se sanciona la ley sobre nombres de personas: de entre todas las normas de la Revolución Argentina fue quizás la más sabia


El 10 de junio de 1969 se sancionó la ley 18.248 sobre nombres de personas. De entre todas las normas dictadas durante el período de la Revolución Argentina, que llevó a presidir la República Argentina a Juan Carlos Onganía, fue quizás la más sabia, junto con la 17711, que modificó el Código Civil.
Esta ley, enunciada como “Nuevas normas para la inscripción de nombres de las personas naturales”, establecía en su primer artículo que “toda persona natural tiene el derecho y el deber de usar el nombre y apellido que le corresponde de acuerdo con las disposiciones de la presente ley”. El segundo indicaba que “el nombre de pila se adquiere por la inscripción en el acta de nacimiento”, agregando que “su elección corresponde a los padres; y a falta, impedimento o ausencia de uno de ellos, corresponde al otro o a las personas a quienes los progenitores hubiesen dado su autorización para tal fin”.
El artículo 3 era quizás el más sabio de todos. Decía: ”El derecho de elegir el nombre de pila se ejercerá libremente” y a continuación establecía cinco salvedades.
La primera prohibía imponer nombres que fueren “extravagantes, ridículos, contrarios a nuestras costumbres, que expresen o signifiquen tendencias políticas o ideológicas, o que susciten equívocos respecto del sexo de la persona a quien se impone”.
La segunda: “Los nombres extranjeros, salvo los castellanizados por el uso o cuando se tratare de los nombres de los padres del inscrito, si fuesen de fácil pronunciación y no tuvieran traducción en el idioma nacional. Queda exceptuado de esta prohibición el nombre que se quisiera imponer a los hijos de los funcionarios o empleados extranjeros de las representaciones diplomáticas o consulares acreditadas ante nuestro país, y de los miembros de misiones públicas o privadas que tengan residencia transitoria en el territorio de la República”.
Tampoco se podían imponer apellidos como nombre. No podía haber hermanos vivos con primeros nombres idénticos y estaban vedados más de tres nombres.
Fue antes del manchanchi que se organizó después, para que los padres pusieran el nombre que más se les ocurriera a los hijos, procurando en primer lugar que justamente no fueran nombres sino palabras inventadas en series o películas norteamericanas o de cualquier otro origen. Aquí un enlace para ver aquella ley. Más adelante se podría hablar de los nuevos nombres que eligen los padres para los hijos, hijas, hijes, hijis, hijus, hijxs e hij@s que tienen ahora.
Juan Manuel Aragón
©Ramírez de Velasco

Comentarios

  1. Cristian Ramón Verduc10 de junio de 2024, 6:45

    La primera salvedad no se ha salvado en la gestión de Lalo Cura.

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